Con el objetivo de ofrecer la información más completa y coordinada posible, en este sitio web iremos incluyendo toda la información relativa a las medidas excepcionales referentes al transporte y la movilidad, para limitar la propagación y el contagio por el COVID 19.
Asimismo incluiremos información actualizada a los ciudadanos que necesiten los servicios del MITMA.
15-3-2020 Orden TMA/229/2020, de 15 de marzo, por la que dictan disposiciones respecto al acceso de los transportistas profesionales a determinados servicios necesarios para facilitar el transporte de mercancías en el territorio nacional
15-3-2020 Orden TMA/230/2020, de 15 de marzo, por la que se concreta la actuación de las autoridades autonómicas y locales respecto de la fijación de servicios de transporte público de su titularidad
15-3-2020 Orden TMA/231/2020, de 15 de marzo, por la que se determina la obligación de disponer mensajes obligatorios en los sistemas de venta de billetes online de todas las compañías marítimas, aéreas y de transporte terrestre, así como cualquier otra persona, física o jurídica, que intervenga en la comercialización de los billetes que habiliten para realizar un trayecto con origen y/o destino en el territorio español
15-03-2020 Ábalos anuncia que Renfe reducirá un 85% su oferta de Alta Velocidad y que sus trenes solo podrán ir a un tercio de su capacidad para garantizar la distancia entre pasajeros
- Para el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la alerta sanitaria que se está viviendo obliga a ser especialmente cuidadosos en el ordenamiento de la movilidad y el transporte, pues “la lucha contra el Coronavirus exige el concurso de todos”.
- Cada autoridad autonómica o local podrá fijar los porcentajes de reducción que estime conveniente en los servicios de transporte público de viajeros de su titularidad, de acuerdo a la realidad de las necesidades de movilidad existentes en sus territorios y a la evolución la situación sanitaria.
15-03-2020 El Gobierno reduce la movilidad preservando la necesaria para el acceso a los servicios públicos fundamentales y al trabajo
- Todos los servicios de transporte público de viajeros por carretera, ferroviarios, aéreos y marítimos de competencia estatal, salvo Cercanías ferroviarias, reducirán su oferta en al menos un 50%
- En aquellos servicios en los que el billete otorga una plaza sentada o camarote, los operadores de transporte tomarán las medidas necesarias para procurar la máxima separación posible entre los pasajeros
- El ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana queda habilitado para dictar las disposiciones necesarias para garantizar los servicios de movilidad, ordinarios o extraordinarios, en orden a la protección de personas, bienes y lugares
14-3-2020 Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
12-03-2020 El Gobierno aprueba un Plan de medidas para responder al impacto del COVID-19 en el sector del transporte.
- Abierta una línea de financiación ICO de 400 millones de euros para atender a las empresas y autónomos afectados en el sector del turismo y el transporte y sus actividades conexas.
- Desde hoy se posibilita el cambio gratuito de los billetes sencillos de Media distancia y de Media distancia AVANT, comprados desde el 9 de marzo hasta el 30 de abril de 2020.
- Se promoverá la modificación inmediata del Reglamento europeo de asignación de franjas horarias en los aeropuertos comunitarios (slots) para que no computen las cancelaciones que se están produciendo en el sector aéreo como consecuencia del COVID-19.
12-03-2020 El Gobierno acuerda prohibir la entrada de buques de pasaje procedentes de Italia y cruceros de cualquier origen con destino a puertos españoles.
- La medida, que tendrá carácter temporal, entrará en vigor desde las 00:00 horas del 13 de marzo de 2020 hasta las 23:59 horas del 26 de marzo de 2020.
- No obstante, en el caso de los buques de pasaje tipo crucero procedentes de cualquier puerto, hasta las 00 horas del día 15 de marzo de 2020, se permitirá la entrada en puertos españoles con el único fin de permitir el desembarco de los ciudadanos que lo deseen, que no podrán volver a embarcar.
10-03-2020 Prohibición de vuelos directos desde Italia a España. Desde 00,00h del 11 hasta 25 de marzo de 2020. Excepciones: aeronaves de Estado, escalas no comerciales, vuelos de carga, humanitarios, médicos o de emergencia.
Fuente: Fomento