Las industrias reguladas por el Reglamento CE 853/2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal, deben solicitar la autorización antes del inicio de sus actividades. La solicitud de autorización, en estos casos, es simultánea a la solicitud de inscripción al RSIPAC.
A quién va dirigido?
A las empresas y establecimientos que se dediquen a la producción, transformación, elaboración, envasado, almacenaje, distribución, transporte e importación (productos procedentes de países no pertenecientes a la Unión Europea) de:
- Productos alimenticios y alimentarios destinados al consumo humano.
- Materiales y objetos destinados a estar en contacto con los productos mencionados en el punto anterior.
- Coadyuvantes tecnológicos utilizados en la elaboración de alimentos.
A las empresas distribuidoras de agua de consumo público mediante depósitos y cisternas móviles.
A las instalaciones que sirven, en las dependencias propias, a un conjunto de consumidores con unas características similares y que solicitan un servicio de comidas preparadas, como escuelas, empresas, hospitales, residencias geriátricas, centros penitenciarios, centros de disminuidos psíquicos, jardines de infancia, casas de colonias, etc. (restauración colectiva social).